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Normativa y Fiscalidad15 de enero de 20267 min de lectura

Guía Completa de Veri*Factu: Plazos, Requisitos de la AEAT y Adaptación de Sistemas de Facturación

IT
Redacción Técnica
Consultoría Fiscal y Tecnológica
Guía Completa de Veri*Factu: Plazos, Requisitos de la AEAT y Adaptación de Sistemas de Facturación

La digitalización fiscal en España está experimentando un cambio estructural sin precedentes. Con la aprobación del Real Decreto 1007/2023 y el desarrollo de la Orden Ministerial que regula los Sistemas Informáticos de Facturación (conocidos bajo el marco Veri*Factu), todas las empresas y autónomos deben asegurarse de que sus programas de facturación garanticen la integridad, inalterabilidad y trazabilidad de cada operación.

Aspecto normativo esencial

El objetivo central de la normativa es impedir la utilización de software de doble contabilidad o programas que permitan alterar tickets emitidos sin dejar registro de auditoría. Cada factura debe quedar matemáticamente encadenada a la anterior y firmada criptográficamente.

¿Qué es el sistema Veri*Factu?

Veri*Factu es la denominación técnica que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) otorga a los sistemas de emisión de facturas verificables. Su finalidad es erradicar el fraude fiscal y facilitar a su vez la automatización contable de autónomos y pymes.

El reglamento contempla dos modalidades de funcionamiento:

  • Sistemas Veri*Factu (Remisión telemática continua): El sistema remite automáticamente cada registro de facturación de forma cifrada a los servidores de la Agencia Tributaria en el mismo instante de su expedición.
  • Sistemas No Veri*Factu (Custodia local reforzada): Los registros se conservan en el equipo local con una firma electrónica cualificada y estructura de encadenamiento, debiendo estar disponibles de forma inmediata ante una eventual inspección.

¿A quién obliga la nueva normativa?

La normativa abarca a la práctica totalidad del tejido empresarial español:

  • Trabajadores autónomos y profesionales independientes que emitan facturas o facturas simplificadas (tickets) en territorio común.
  • Sociedades mercantiles (SL, SA, cooperativas) sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • Sectores de atención al público como hostelería, comercio minorista, talleres mecánicos, peluquerías, panaderías y servicios profesionales.

*En los territorios históricos del País Vasco rige el sistema foral TicketBAI, que cuenta con una operativa análoga adaptada a las Haciendas Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava.

Requisitos técnicos que exige Hacienda

Para cumplir con el marco legal, cualquier sistema informático de facturación debe integrar los siguientes estándares técnicos:

🔗 Encadenamiento de registros (Hash)

Cada registro incluye la huella digital del anterior, garantizando que no se puedan intercalar, modificar ni suprimir facturas de forma retroactiva.

📱 Código QR en documentos impresos

Los tickets y facturas deben incorporar un código QR normalizado que permite al destinatario comprobar la autenticidad del documento en la sede electrónica de la AEAT.

✍️ Firma digital de alta seguridad

Generación de huellas criptográficas para asegurar la inalterabilidad y autenticidad del emisor.

📜 Registro de eventos y auditoría

Generación automática de un registro protegido de incidencias, arranques y accesos que no puede ser manipulado ni desactivado.

Calendario y plazos de entrada en vigor

El proceso de implantación se divide en fases ordenadas según el tipo de sujeto obligado:

Fase 1

Desarrolladores y comercializadores

Los fabricantes de software deben comercializar únicamente soluciones adaptadas y con declaración responsable.

Fase 2

Empresas sujetas al Impuesto de Sociedades

Obligación de utilizar sistemas homologados en todas sus operaciones comerciales.

Fase 3

Autónomos y profesionales

Adaptación obligatoria para todos los profesionales en estimación directa o módulos.

Régimen sancionador por incumplimiento

La Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal contempla sanciones económicas de gran calado:

⚠️ Multas de hasta 50.000 euros por cada ejercicio fiscal para empresas que utilicen sistemas informáticos que no cumplan los requisitos de inalterabilidad y registro, con independencia de si existió intencionalidad de defraudar.

⚠️ Multas de hasta 150.000 euros para quienes produzcan o comercialicen programas con funcionalidades de ocultación o modificación oculta de facturación.

Recomendaciones prácticas para adaptar tu empresa

Para afrontar la transición con tranquilidad y sin precipitación de última hora, se aconseja seguir estos pasos:

  1. Revisar el software actual: Contactar con el proveedor informático para solicitar el certificado o declaración responsable de adaptación al RD 1007/2023.
  2. Sustituir cajas registradoras tradicionales: Las máquinas registradoras sin pantalla táctil ni conectividad criptográfica no pueden adaptarse y deben sustituirse por un TPV homologado.
  3. Verificar la conectividad en el punto de venta: Asegurar una conexión a Internet estable para posibilitar la remisión telemática y generación de códigos QR.
  4. Capacitar al personal: Familiarizar a los empleados con el nuevo formato de ticket y las rutinas de cierre de turno.

*Soluciones profesionales como ITactil (desarrollado por Infotronic Software) disponen de declaración responsable de conformidad con la AEAT y módulos adaptados a Veri*Factu y TicketBAI.

Temas relacionados:#Veri*Factu#AEAT#Ley Antifraude#Facturación#Normativa Fiscal